Según el calendario publicado por la Comisión Nacional Electoral(CNE) en su página web, los partidos políticos, las coaliciones de partidos y las Agrupaciones de Ciudadanos Electores (GCE) tienen de plazo hasta las 18.00 horas del 18 de agosto para presentar sus candidaturas a las elecciones municipales ante el juez de distrito competente en materia civil del municipio en el que se presentan.
Al final de este día, las listas de candidatos presentadas se fijarán inmediatamente en la puerta del edificio judicial. Al día siguiente, 19 de agosto, el juez sorteará el orden de los candidatos en la papeleta, y los resultados se enviarán al CNE y al alcalde del municipio. Transcurre entonces un plazo de cinco días para que el juez analice la adecuación de las listas a la ley y para que los partidos o movimientos ciudadanos impugnen la regularidad del proceso o la elegibilidad de algún candidato.
Se inician entonces los trámites de rectificación y, hasta el 1 de septiembre, las listas rectificadas aceptadas estarán expuestas en la puerta del edificio judicial. Todavía pueden admitirse varios recursos contra la decisión del juez, que pueden presentarse hasta el Supremo Tribunal Federal (STF).
Los candidatos pueden retirarse de las elecciones hasta 48 horas antes de las elecciones (9 de octubre).
La campaña electoral para las elecciones municipales tendrá lugar entre el 30 de septiembre y el 10 de octubre. Los electores que, por razones profesionales, no puedan votar el día de las elecciones, como el personal militar, de las fuerzas y servicios de seguridad y los agentes de protección civil, los miembros de delegaciones oficiales del Gobierno que viajen al extranjero, los trabajadores marítimos y de la aviación, los trabajadores de ferrocarriles de larga distancia y de carreteras, y los representantes de equipos nacionales que participen oficialmente en competiciones deportivas, pueden votar anticipadamente.
Para votar, estos electores pueden ponerse en contacto con el alcalde del municipio en el que estén empadronados entre el 2 y el 7 de octubre, expresando su deseo de ejercer su derecho al voto anticipado.
Los pacientes que no puedan acudir a la mesa electoral por estar hospitalizados, los estudiantes matriculados en centros educativos de una circunscripción, comunidad autónoma o isla distinta a la que les correspondería votar y los electores que se encuentren encarcelados sin estar privados de derechos políticos podrán solicitar el voto anticipado al alcalde del municipio en el que estén empadronados hasta el 22 de septiembre, por vía electrónica o por correo.
En las elecciones municipales de 2025, los electores votarán para elegir a los ejecutivos y consejos municipales de 308 municipios.
También se elegirán 3.259 asambleas parroquiales, 167 más que en las últimas elecciones municipales, debido a la sustitución de 302 parroquias sumadas en 2012, por la desintegración de 135 uniones parroquiales.